06/11/2019 -
CLAVOS EN LOS ÁRBOLES, NO

La ordenanza 1589 del año 1994 establece el cuidado del "Arbolado público, su preservación, conservación, recuperación y/o mejoramiento y particularmente citamos su Artículo 7: que dice textualmente: “Todo proyecto de construcción, reforma edilicia o actividad urbana en general, deberá respetar el arbolado público existente o el lugar reservado para futuras plantaciones, excepto si el acceso al inmueble no puede realizarse por ningún otro lugar, previa autorización de la Dirección de Obras Particulares y/o la Dirección de Ecología y Medio Natural. En este contexto no es buena idea fijar andamios con clavos en los árboles, tal como ocurre en la Renovación Urbana de la Calle Shaw en Pinamar, tarea encomendada a la empresa MAFRA CONSTRUCCIONES S.A.S. La Secretaría de Planeamiento debe advertir al contratista y tener presente la ordenanza para casos futuros.



 27/03/2024 - FUENTE: PRENSA MUNICIPALIDAD DE PINAMAR
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 25/03/2024 - FUENTE: PRENSA MUNICIPALIDAD DE PINAMAR
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 19/03/2024 - ESPACIO DE PUBLICIDAD
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 08/03/2024 - GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SIN MOSQUITO NO HAY DENGUE


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Edición: Jueves 28 de Marzo de 2024 NÚMERO
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