15/07/2024 - NACIONALES
ENTRE LA CAÍDA DEL PODER DE COMPRA Y EL ACHATAMIENTO DE LA PIRÁMIDE PREVISIONAL

Durante 2023, la por entonces fórmula de actualización no logró compensar la caída del poder adquisitivo de las jubilaciones ante la escalada inflacionaria. Sin tomar el efecto compensatorio de los bonos otorgados, las jubilaciones perdieron en 2023 un 32,2% del poder de compra real, mientras que los haberes más bajos (que aproximadamente abarca el 48% de los beneficiarios), que son los que recibieron compensaciones mediante el otorgamiento de bonos, cayeron un 14,1% el valor real de sus ingresos....LEER MÁS ....


Pero la caída se profundizó en el primer mes de este año. En ese momento se cristaliza una pérdida del poder de compra real interanual de 49,7% para las jubilaciones no alcanzadas por los bonos y de 23,6% para las que sí fueron beneficiadas por los bonos compensatorios. Y si recortamos solamente para diciembre 2023 y enero 2024, las jubilaciones cayeron en promedio un 17% en términos reales. 





 


 

Evolución en términos reales de las Jubilaciones Mínimas con bonos y de las Jubilaciones sin bonos (2009-ene 2024). Fuente: elaboración propia.


Evolución en términos reales de las Jubilaciones Mínimas con bonos y de las Jubilaciones sin bonos (2009-ene 2024). Fuente: elaboración propia.


A medio paso de una nueva fórmula de movilidad


A principios de junio, en la tercera sesión ordinaria especial del año, la cámara de diputados dio media sanción a una nueva fórmula de movilidad jubilatoria alternativa a la establecida por el poder ejecutivo vía DNU, que tiene como base actualizaciones mensuales por inflación.


En el proyecto se establece que al 12,6% de recomposición se sume un adicional del 8,1%, que resulta de la diferencia respecto al impacto que experimentaron las jubilaciones con el 20,6% de inflación registrada en enero. Por lo que, con este esquema de actualización, se estaría en una situación de poder adquisitivo real similar al de diciembre de 2023, punto en el que las jubilaciones arrastraban una caída de 14,1% para las jubilaciones mínimas y de 32,2% para el resto de los haberes.


Además se incorporó un mecanismo de actualización anual (en marzo de cada año), basada en el incremento de salarios, y que se compone a partir del 50% de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) por sobre la variación IPC (Índice de precios al consumidor). Y por otro lado, se estableció un nuevo piso de las jubilaciones mínimas en base a la canasta básica total (CBT) por adulto: el haber mínimo quedó establecido en 1,09 veces la CBT por adulto.


Las problemáticas que atraviesan al sistema previsional no se agotan en el debate sobre las fórmulas jubilatorias. También están los factores que afectan al financiamiento del sistema previsional que, principalmente, están vinculados con los desequilibrios del mercado laboral. La posibilidad de alcanzar los 30 años de aportes establecidos por la ley se ha convertido en la excepción en el actual mundo del trabajo. La expansión de los empleos informales, la precariedad laboral, la intermitencia y el desempleo hacen al escenario actual del mundo del trabajo que agravan aún más las inconsistencias económicas y financieras del Sistema Jubilatorio. La brecha entre la cantidad de trabajadores que aportan a algún sistema previsional y la población activa señala la existencia de una parte significativa de la fuerza laboral que carece de cobertura. Esta población quedará potencialmente excluida o será incluida mediante otras moratorias, reduciendo aún más el valor real del beneficio jubilatorio.


Al día de hoy, queda pendiente el tratamiento del proyecto en el Senado para su sanción definitiva. Más allá del sistema de actualización y movilidad implementado, que no alcanza a la recomposición de la pérdida registrada de los últimos años, sólo en el caso de una desaceleración pronunciada de la inflación y de un acuerdo político sobre la financiación del sistema previsional, podrán comprobarse los efectos de recomposición de los haberes jubilatorios.


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