25/04/2021 - ECONOMÍA
REGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE ARBA

Con fecha 23 de abril se publicó en el Boletín Oficial la Ley 15278 que crea el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de ARBA y que va a ir de la mano con el Monotributo de la AFIP -Ley 24977-. LEER MÁS ...


Ahora solo resta esperar su reglamentación y la fecha de su entrada en vigencia, que será fijada por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- para que sea aplicable.


A modo resúmen entre los beneficios inmediatos cuando se encuentre aplicable se destacan:



  • Los contribuyentes alcanzados no deberán presentar declaraciones juradas mensuales de Ingresos Brutos en ARBA,

  • Tampoco se les aplicarán retenciones dado que se los excluirá de los regímenes de recaudación,

  • Sólo pagarán una cuota fija mensual, en función a su categoría del monotributo nacional.



¿Cuáles son sus principales aspectos?


La ley incorpora en el Código Fiscal el Capítulo VII con los artículos 227 bis a 227 decies denominado “Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes


Como estaba previsto en el proyecto los pequeños contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos quedan comprendidos en la misma categoría por la que se encuentran en el régimen simplificado de AFIP, no deberán liquidar más por anticipos mensuales mediante aplicativo como lo venían haciendo y pagaran una cuota mensual.


¿Cuáles son los importes establecidos inicialmente en la ley:


Esta es la tabla de cuotas publicada en la ley:





 


¿Estos importes quedan fijos para el año 2021?


No, estos importes se ajustarán eventualmente con los incrementos que pueda establecer la AFIP en 2021 respecto de los montos del impuesto integrado de cada categoría de Monotributo y desde el mismo período .


¿Qué sucede si el contribuyente renuncia o queda excluido del Monotributo de AFIP?


La renuncia o exclusión del Monotributo tendrá las mismas consecuencias en el regimen simplificado del IIBB pasando a tributar por fuera de este régimen a partir de que tal hecho ocurra o le fuera informado por ARBA, indicándole la fecha a partir de la cual deberá comenzar a tributar observando la normativa general del gravamen.


Y las tasas municipales ¿se podrán pagar en esta boleta única también?


Se la faculta a la ARBA para celebrar convenios con las municipalidades de la provincia para liquidar y recaudar los tributos municipales que recaigan sobre los pequeños contribuyentes y abonar de manera conjunta, como ya ocurre en varias provincias que adoptaron el sistema.


¿A partir de qué mes arranca este nuevo régimen?


La Arba deberá dictar las normas reglamentarias necesarias para la implementación y para efectuar de oficio el pase de los contribuyentes ya inscriptos con anterioridad a la vigencia de este régimen, que se hará efectivo durante el ejercicio fiscal 2021, a partir de la fecha que establezca la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.


Así que solo resta ver el tiempo de su reglamentación por ARBA para que los contribuyentes puedan acceder a esta simplificación tributaria.


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