Las costas de esta Alzada se distribuyen por su orden, al no mediar contradicción (argto. art. 19 de la ley 13.928 -t. según ley 14.192-; art. 68 del C.P.C.C.).
En concordancia con esta decisión continuará el trámite del juicio en el cual se pretende 'la declaración de inconstitucionalidad e ilegitimidad de la Ordenanza Municipal 7342/2026', hecho por el cual deberán responder ante la justicia todos aquellos actores involucrados en tamaño despropósito.