En la normativa, la Secretaría de Transporte actualizó el cálculo de los Costos e Ingresos Medios de los Servicios de Transporte de Pasajeros Urbanos y Suburbanos de la Región Metropolitana de Buenos Aires.
La actualización corresponde a los períodos de febrero, marzo y abril de 2026, siendo este último aplicable para los períodos mensuales subsiguientes “hasta tanto se apruebe un nuevo cálculo de costos”.
El principal disparador del reajuste de costos de la actividad, que servirá de base para el cálculo de los subsidios, fue el acuerdo paritario celebrado entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las cámaras empresarias a fines de enero.
De esta manera, el ajuste en las compensaciones tarifarias que el Estado le otorga a la empresas servirá para garantizar los fondos necesarios que permitan hacer frente a los incrementos en el salario básico, viáticos y las gratificaciones extraordinarias acordadas hasta abril de este año.
Además del factor salarial, el nuevo cálculo de costos también contempla la actualización integral de todas las variables que afectan al transporte automotor de pasajeros
Al mismo tiempo, la resolución incorporó una ponderación específica para las unidades propulsadas a Gas Natural Comprimido (GNC) y energía eléctrica, tras un relevamiento realizado por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).
En el análisis para determinar el ajuste en los costos también se tuvo en cuenta variables operativas, entre las que están la actualización de los kilómetros recorridos por grupo tarifario, revisión de la velocidad comercial y el factor de nocturnidad, junto con el cruce de datos con la recaudación real informada por el sistema SUBE.
El texto oficial determinó que las nuevas compensaciones tarifarias "serán afrontadas con recursos propios del Estado Nacional, en función del ámbito geográfico en que se prestan los servicios públicos de transporte automotor#.__IP__
Asimismo, precisó que los fondos para afrontar la actualización saldrán del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU), de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono y con recursos del Presupuesto General que se transfieran al Fideicomiso del Banco Nación.