Liquidado por primera vez en diciembre de 2019, perdió su principal y original función, que es la de evitar la "dilución del haber". Por el contrario, desde el momento de su implementación, hace siete años, se profundizó drásticamente la caída del haber y del bono en la composición integral de los ingresos de millones de adultos mayores beneficiarios de la seguridad social.





 




La pérdida de valor del bono extraordinario es inevitable en un contexto de inflación combinado con el congelamiento por decisión administrativa. Actualmente no existe ningún mecanismo de actualización del bono que permita su recomposición. Incluso, el otorgamiento sigue regido por un criterio de discrecionalidad por parte del Poder Ejecutivo.


En los últimos nueve años, los haberes mínimos perdieron casi el valor de una jubilación entera


¿De cuánto sería el bono si estuviera actualizado?


La inflación acumulada desde diciembre de 2023 hasta marzo de 2026 asciende a 293%. Sin embargo, si se hubiera medido con la nueva canasta de bienes y servicios, que contempla patrones de consumo actualizados a 2017-2018, la inflación acumulada de los últimos 27 meses sería de 434%. En ambos escenarios se comprueba que las jubilaciones en general (y las mínimas y los bonos, en particular) corren significativamente por detrás de las variaciones de precios de la economía.


Actualizado por inflación acumulada desde diciembre de 2023 a marzo de 2026, el bono extraordinario debería ser de $216.150, lo que elevaría el haber mínimo también actualizado a $631.602, un 40% superior a la jubilación liquidada en abril de 2026.


En apenas dos años, el bono extraordinario perdió un 54% de su peso en el ingreso de los adultos mayores


Pero la situación sería totalmente diferente si se hubiese aplicado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) actualizado a los haberes. En ese caso, el bono calculado por el nuevo IPC (2017-2018) quedaría ubicado en $293.700 y el haber mínimo también actualizado habría sido de $858.207 en marzo de 2026 respecto a diciembre de 2023, un 90% superior a la jubilación otorgada en abril de 2026.


Escenarios totalmente distantes de la realidad actual, en la que la jubilación mínima de abril, que contempla la inflación del 3,4% informada por el INDEC a través del IPC de marzo, quedó ubicada en $393.250 y asciende a $463.249 con el pago del bono de $70.000, cuyo monto está congelado desde marzo de 2024.


Sin cambios en la movilidad actual, no habrá recomposición de ingresos


Tendencialmente, asistimos a una liquidación progresiva e ininterrumpida del bono en correspondencia con la política previsional general del Gobierno nacional, que se combina con la caída del haber mínimo vía indexación por inflación pasada. En los últimos nueve años, los ingresos mínimos de los jubilados perdieron casi el valor de una jubilación entera respecto de la suba general de precios de la economía.


En apenas 10 años, se pasó de una situación en la que una jubilación mínima cubría casi dos CBT a un presente en el que apenas alcanza el valor de una sola canasta básica por persona.


La actual fórmula de movilidad previsional, establecida por el Decreto 274/2024, ajusta los haberes jubilatorios únicamente en función de la inflación pasada. Así, se produce un acercamiento y estabilización de la línea de la pobreza con el pago mínimo que reciben los jubilados. La forma en que se calcula la movilidad previsional impide mejoras reales en el poder adquisitivo de los jubilados.


Este deterioro progresivo e ininterrumpido del poder adquisitivo del bono se combina con el proceso de retracción del poder adquisitivo de los haberes mínimos. En los últimos 17 años, las jubilaciones mínimas muestran una pérdida de poder adquisitivo en torno al 26,8% respecto al pico de 2011-2015.


Este panorama excluye cualquier mecanismo de recomposición genuina de los ingresos de los adultos mayores, que ven cómo, mes a mes, no solo el haber mínimo pierde frente a la inflación, sino que también presencian la progresiva licuación del bono, que, de seguir así, quedará como un concepto monetario fijo e insignificante en el total de ingresos de los jubilados.