09/12/2025 - NACIONALES
REFORMA LABORAL: CAMBIOS CLAVE EN CONTRATOS, INDEMNIZACIONES Y PODER SINDICAL

Uno de los cambios de base recae sobre la presunción de relación de dependencia. La prestación de servicios ya no implicará automáticamente un contrato laboral cuando existan facturas o recibos que acrediten tareas bajo modalidades profesionales, de oficio o de obra.
El proyecto oficial redefine contratos e indemnizaciones, recorta aportes patronales y reordena el modelo sindical: limita la huelga, reduce la tutela gremial y cambia la negociación colectiva. LEER MÁS ....



La Casa Rosada presentará este martes su proyecto de reforma laboral, pieza central del paquete de “modernización” que el Ejecutivo busca debatir en sesiones extraordinarias. La iniciativa apunta a reducir costos empresariales, flexibilizar contrataciones y reconfigurar el equilibrio de fuerzas en el mundo del trabajo.


Contratos, presunciones y responsabilidad empresarial


Uno de los cambios de base recae sobre la presunción de relación de dependencia. La prestación de servicios ya no implicará automáticamente un contrato laboral cuando existan facturas o recibos que acrediten tareas bajo modalidades profesionales, de oficio o de obra.


La reforma también redefine la responsabilidad solidaria. La empresa principal dejará de responder por obligaciones laborales de terceros, salvo cuando se prueben maniobras fraudulentas o conducción temeraria que derive en insolvencia. La normativa vigente hoy (ley 20.744) establece solidaridad plena en todos los casos.


El proyecto habilita el pago de salarios en moneda extranjera y exige que toda remuneración monetaria se acredite en cuentas bancarias o proveedores de pago autorizados.


Vacaciones, banco de horas y mecanismos de organización del tiempo


El esquema vacacional queda fijado entre el 1º de octubre y el 30 de abril, con notificación obligatoria al trabajador 45 días antes. Se habilita el fraccionamiento en bloques mínimos de siete días.


Las empresas podrán aplicar un banco de horas para compensar jornadas dentro del límite legal semanal, un sistema que reemplaza parte de las horas extras clásicas mediante francos equivalentes.


Preaviso de despido y período de prueba


La reforma introduce un cambio estructural en los plazos de preaviso de despidos. Cuando la antigüedad supere cinco años, el aviso será de dos meses. Para quienes estén por debajo de ese umbral, seguirá siendo de un mes. La ley actual fija tres meses de preaviso para antigüedades mayores a diez años.


Otra modificación de alcance es la extensión del período de prueba. Todo contrato por tiempo indeterminado comenzará con seis meses a prueba y podrá ampliarse a ocho o doce meses por convenio colectivo, especialmente en PyMEs. Durante ese lapso, el despido no genera indemnización ni obligación de preaviso, y el empleador no puede aplicar esta figura más de una vez sobre la misma persona.


Indemnizaciones y creación del Fondo de Asistencia Laboral


La base indemnizatoria mantiene el criterio de un mes de sueldo por año trabajado, pero excluye del cálculo conceptos no mensuales como vacaciones, aguinaldo, premios o propinas. Tampoco computa el “salario dinámico”.


El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con una contribución del 3% de la base tomada para los aportes patronales al SIPA. Ese aporte será descontado luego de la carga previsional, lo que implica un financiamiento indirecto del Estado para el pago de indemnizaciones.


Cuando un trabajador sea despedido antes del vencimiento de un contrato a plazo, solo podrá percibir la indemnización por extinción, sin reclamos adicionales por daños y perjuicios.


Licencias, juntas médicas y ajustes salariales


Para las licencias por enfermedad, la iniciativa regula la creación de juntas médicas en casos de discrepancias. También habilita la adecuación del salario cuando cambien la categoría o la jornada.


Plataformas, seguridad vial y libertad de conexión


El régimen para los repartidores de plataformas garantiza libertad de conexión, independencia para aceptar o rechazar pedidos y autonomía en la forma de prestación. El empleador deberá asegurar elementos de seguridad vial según el tipo de vehículo.


Derecho de huelga, servicios mínimos e infracciones graves


La reforma fija servicios mínimos del 75% en actividades esenciales y del 50% en tareas de importancia trascendental. Considera infracciones muy graves el bloqueo de establecimientos, daños en instalaciones o la obstrucción de ingresos y egresos. Las asambleas quedan reguladas y no devengarán salarios durante su realización.


Convenios colectivos, ultraactividad y prioridad de empresa


Uno de los puntos más sensibles es la eliminación de la ultraactividad. Los convenios vencidos ya no mantendrán su vigencia plena: solo subsistirán las cláusulas normativas hasta que entre en vigor un acuerdo nuevo, y la Secretaría de Trabajo podrá disponer su suspensión.


La reforma también modifica el orden de prelación: los convenios de empresa prevalecerán por sobre los de actividad, a diferencia de lo que rige hoy. Además, facilita la obtención de personería gremial para sindicatos de empresa.


Tutela sindical y reorganización del modelo gremial


La tutela sindical regirá desde la notificación fehaciente de la postulación al cargo y se aplicará únicamente a delegados titulares. Estos contarán con un crédito de diez horas mensuales para tareas gremiales sin afectar la actividad del área.


Reducción de aportes patronales y esquemas de incentivo


El proyecto propone una rebaja importante en contribuciones patronales. Para nuevas relaciones laborales, fija alícuotas del 2% al SOPA, FNE y RNAF; 3% al INSSJP; y 3% al Fondo de Asistencia Laboral durante el primer año. Para empleo ya registrado, prevé un recorte del 6% en aportes destinados a obras sociales y disminuciones graduales en seguridad social según rubro y tamaño de empresa.


Formación para el empleo


La iniciativa crea el Programa de Formación Laboral Básica, destinado a quienes no hayan adquirido competencias mínimas para ingresar al mercado de trabajo.


La presentación oficial será este martes en Casa Rosada, con la participación de funcionarios del Consejo de Mayo. El Congreso definirá ahora el alcance final de una reforma que concentra modificaciones estructurales en contratos, despidos, negociación colectiva y funcionamiento sindical.



EL CARTERO DE PINAMAR
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