El impulso parlamentario aparece en momentos en que la Cámara de Diputados bonaerense revivió el tratamiento de varias iniciativas vinculadas con la prevención de la ludopatía y los juegos de azar. Durante la sesión de este martes, el cuerpo modificó el giro de cuatro expedientes para que puedan continuar su discusión en la comisión específica, creada en febrero de este año.
El órgano parlamentario surgió ante la proliferación de iniciativas relacionadas con la problemática y quedó bajo la conducción de la propia Olivetto, una de las impulsoras del nuevo proyecto integral. La mesa de trabajo, que retomó su actividad en las últimas semanas, tiene a su cargo el análisis de iniciativas sobre apuestas, juego compulsivo y regulación de la actividad, en un escenario en el que la Legislatura acumula al menos 22 proyectos vinculados con el tema.
En rigor, la mega propuesta de los alfiles parlamentarios de La Cámpora consta de 64 artículos distribuidos en siete títulos y modifica distintos aspectos del marco legal bonaerense que regula las apuestas, principalmente la Ley N°15.079, que establece el régimen de apuestas online y las licencias dentro de la Provincia, y la Ley N°15.131, que fija políticas de prevención frente al juego compulsivo y creó el Registro de Autoexclusión.
Además, los legisladores oficialistas impulsan una serie de cambios en el Código Procesal Civil y Comercial y en el Código Procesal Penal, junto con la creación de fondos específicos para costear una fiscalía especializada en perseguir la oferta clandestina.

“Lo que durante décadas requirió el desplazamiento físico hacia un casino, un bingo o una agencia de quiniela, con las barreras materiales, horarias y sociales que esa mediación imponía, hoy se resuelve en la palma de la mano, sin intermediación alguna entre el impulso y la apuesta”, rezan los fundamentos del planteo camporista, que advierte sobre la magnitud que alcanzó el fenómeno en el territorio bonaerense.
En rigor, el texto parte de considerar a la ludopatía como un problema de salud pública y coloca entre sus principios rectores el interés superior de niños, niñas y adolescentes, la responsabilidad de los operadores y la prohibición de estigmatizar a las personas afectadas. La iniciativa también propone utilizar como denominación general la expresión “apuestas en línea” y reservar la palabra “juego” para las referencias clínicas a la actividad compulsiva, problemática o patológica.
En ese sentido, Tignanelli planteó que la discusión tendrá como contrapartida a las empresas que explotan la actividad y cuestionó la salida de utilidades del país, un dato que el jefe del bloque oficialista en la Cámara baja ubicó por encima del 70%.
“Se tocan grandes intereses, es una pelea que hace falta dar y la vamos a llevar adelante. Vienen generando un daño muy grande desde hace mucho tiempo, creemos que es necesario regularlas, controlarlas y hacer que empiecen a pagar. Llamarlas juego es una trampa, son lugares donde se realizan apuestas”, sostuvo el legislador.
Uno de los capítulos centrales de la iniciativa apunta al acceso y la permanencia de los usuarios dentro de las plataformas, con la obligación de que cada cuenta sea personal e intransferible. Los operadores deberán aplicar un sistema de reconocimiento biométrico facial en tiempo real para comprobar la identidad y la mayoría de edad al abrir una cuenta, en cada inicio de sesión, ante depósitos o retiros de fondos, y frente a apuestas que superen el monto que determine la reglamentación.
El proyecto también obliga a las casas de apuestas a ofrecer herramientas para que los usuarios puedan establecer límites de depósito y dispone el cierre automático de la sesión una vez que transcurran 60 minutos continuos de actividad, con la imposibilidad de reingresar durante la hora siguiente. La plataforma deberá además bloquear el acceso durante 24 horas después del tercer inicio de sesión registrado en un mismo día.
Como parte de esos controles, las empresas deberán mostrar de manera permanente el tiempo transcurrido y el dinero apostado durante cada sesión, además de emitir una advertencia cuando el usuario supere los 30 minutos de actividad.

El articulado también ordena incorporar sistemas de exclusión temporal o permanente y establece que las plataformas deberán comunicar cada solicitud de autoexclusión al Instituto Provincial de Lotería y Casinos dentro de las primeras 24 horas. La inscripción tendrá efectos inmediatos sobre todas las plataformas autorizadas en territorio bonaerense, que deberán bloquear el acceso y devolver los fondos disponibles dentro de los diez días hábiles.
Otro de los cambios incorpora una vía judicial para los casos más graves de juego compulsivo o patológico, a partir de un pedido del cónyuge, conviviente, familiares hasta determinado grado o el Ministerio Público. El juez podrá ordenar la inscripción cautelar de la persona en el Registro de Autoexclusión a partir de un informe profesional de salud mental o de otros elementos objetivos suficientes.
El articulado también extiende algunas restricciones por fuera de las propias plataformas y ordena al Ejecutivo bonaerense impedir el acceso a sitios de apuestas desde la infraestructura de conectividad digital provincial. La prohibición alcanzará las redes de edificios públicos, establecimientos educativos y espacios de conectividad comunitaria que dependan de la Provincia, mientras que las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos tampoco podrán registrarse como apostadores.
La fuerte regulación que propone el proyecto para la publicidad de apuestas online
La publicidad constituye otro de los núcleos del proyecto de Tignanelli y Olivetto, que establece que cada campaña de una licenciataria deberá contar con una autorización previa, expresa y específica de Lotería y Casinos. El permiso, a cargo del área provincial que lidera Gonzalo Atanasof, deberá identificar la pieza, los medios utilizados, su período de difusión y el monto de inversión, y sólo tendrá efecto cuando la empresa acredite el aporte económico previsto por la propia ley.

La iniciativa prohíbe de manera absoluta cualquier publicidad, promoción o patrocinio que tenga como destinatarios directos o indirectos a menores de 18 años, así como el uso de sus imágenes, voces o recursos vinculados con ellos. El proyecto también impide la difusión de promociones dentro de establecimientos educativos y en medios, plataformas, contenidos o franjas destinadas principalmente a ese público.
De hecho, el capítulo sancionatorio contempla multas y otras penalidades ante el incumplimiento de las obligaciones previstas en la ley, pero incorpora una consecuencia especialmente severa cuando una persona menor logra apostar en una plataforma autorizada. El texto lo considera como una infracción muy grave y establece la revocación de la licencia como sanción principal, sin perjuicio de las multas y medidas accesorias correspondientes.
La regulación también alcanza a los soportes físicos, ya que el articulado prohíbe la publicidad de apuestas online en la vía pública, los espacios públicos y los espacios privados de acceso público. La única excepción corresponde a las campañas públicas de prevención y asistencia vinculadas con la problemática.
Asimismo, las casas de apuestas no podrán utilizar la palabra “juego” ni imágenes, expresiones o símbolos que presenten a la actividad como lúdica, recreativa o de entretenimiento. Las empresas tampoco podrán ofrecer bonos de bienvenida o de recarga, créditos, programas de puntos, premios u otros incentivos vinculados con el volumen y la frecuencia de la actividad.
Por último, las promociones que obtengan autorización deberán exhibir las leyendas “Prohibida la participación de personas menores de 18 años” y “Apostar no es un juego”, además de informar los canales oficiales de asistencia.
